La ventana de fechas

La renovación se puede presentar desde 60 días antes de que caduque la autorización hasta el mismo día de la caducidad.  Presentar pronto no tiene problema; presentar tarde, sí. Lo prudente es hacerlo entre 30 y 45 días antes, para que la UGE tenga sus 20 días hábiles sin apuros.  El justificante de presentación prueba que su situación es legal mientras se resuelve.

Lo que hay que volver a demostrar

  • Ingresos. El mínimo de ese año para su familia, con nóminas o facturas recientes, sus declaraciones de la renta en España y un certificado bancario sellado.
  • Trabajo para empresas de fuera de España. Si cambió de empresa o de clientes, la documentación nueva.  Recuerde que los cambios se comunican a la UGE en 30 días; la guía de qué pasa si me despiden lo explica.
  • Residencia en España. Que España ha sido su residencia habitual.  Las ausencias largas, sobre todo de más de seis meses seguidos, pueden dar problemas: avíseme antes.
  • Impuestos y Seguridad Social al día. Tras tres años de residencia, es parte de lo que mira la UGE.

Lo que no se repite

En la mayoría de los casos no hace falta un certificado del FBI nuevo, porque España revisa sus propios registros.  Tampoco se repiten las apostillas de su título ni las traducciones ya aceptadas, ni la documentación del seguro si la póliza sigue igual y en vigor.

Si es empleado W‑2

Mire la fecha de caducidad de su Certificate of Coverage. Suelen emitirse por cinco años, pero algunos son más cortos.  Si caduca antes de la renovación, hay que pedir uno nuevo, y tarda de 8 a 12 semanas.  Si cambió de empresa, la nueva tiene que darle una carta que confirme que puede trabajar a distancia desde España.

La familia

Su pareja y sus hijos renuevan a la vez que usted, cada uno con su solicitud, para que la familia siga con un solo calendario.  Un hijo que cumple 18 años durante la autorización puede seguir como familiar hasta los 26 si estudia o busca trabajo y no tiene ingresos del trabajo; si no, necesita una autorización propia.

Después: la residencia de larga duración

Con cinco años de residencia legal y continuada puede pedir la residencia de larga duración, que ya no depende de su empleo.  Con diez años, la nacionalidad española, salvo que tenga además la nacionalidad de origen de un país iberoamericano, que la baja a dos.  Lo explica la guía de la doble nacionalidad.

El error que más cuesta

Dejar pasar la fecha.  En EE. UU. un pasaporte se renueva tarde sin más; en España, presentar después de la caducidad deja un hueco sin autorización, y las consecuencias van de un aviso a tener que empezar de nuevo.  Ponga un recordatorio 90 días antes de la fecha de su TIE y otro a los 60, y escríbame tres o cuatro meses antes para preparar lo que haga falta.

Preguntas frecuentes

Desde 60 días antes de que caduque su autorización, y nunca después de la fecha de caducidad.  Lo prudente es presentarla entre 30 y 45 días antes.

Por dos años.  Con la autorización inicial de tres años, llega a cinco años de residencia legal, que es cuando puede pedir la residencia de larga duración.

En la mayoría de las renovaciones, no: España revisa sus propios registros.  Vuelve a hacer falta un certificado extranjero sobre todo si pasó largas temporadas viviendo fuera de España.

Hay que pedir uno nuevo, y tarda de 8 a 12 semanas.  Mire su fecha de caducidad con tiempo.

Fuente: Ley 14/2013, modificada por la Ley 28/2022 (BOE).