Lo esencial

  • Dinero: €28,800 al año para usted y €7,200 por cada familiar en 2026, en ahorros o ingresos pasivos
  • Ningún trabajo, tampoco a distancia para una empresa o clientes de EE. UU.
  • Se solicita en persona en el consulado que cubre su estado, con cita previa
  • El primer permiso dura un año.  Las renovaciones son de dos años y se presentan en España
  • Para renovar hay que haber vivido en España más de 183 días en cada año

Para quién es

La visa está pensada para quien tiene medios para vivir en España y no piensa trabajar aquí. Jubilados que cobran el Seguro Social o una pensión.  Personas que vendieron un negocio o una casa y viven de ello.  Parejas que quieren pasar unos años en España y pueden pagárselos.  Si se jubila, la guía de jubilarse en España desde EE. UU. cubre el Seguro Social, Medicare y el primer año.

Si va a mantener un empleo o clientes, aunque sea desde su computadora, esta no es su visa.  La visa de nómada digital es la que permite trabajar, y presentada desde España le da tres años en lugar de uno.  Si duda entre las dos, la comparación de ambas visas le ayuda.

Cuánto dinero necesita

El mínimo se calcula con el IPREM, un índice español que en 2026 es de €600 al mes.  Necesita el 400 % para usted y el 100 % por cada familiar a su cargo.  Se cuenta en doce pagos al año, nunca en catorce.

HogarAl añoAl mesReferencia en dólares de los consulados
Usted solo
€28,800
€2,400unos $32,000
Una pareja
€36,000
€3,000unos $40,000
Una pareja y un hijo
€43,200
€3,600unos $48,000
Una pareja y dos hijos
€50,400
€4,200unos $56,000

El dinero pueden ser ahorros que cubran el año, ingresos pasivos o las dos cosas a la vez.  Cuentan el Seguro Social, una pensión, una anualidad, dividendos, intereses y alquileres.  Un sueldo o ingresos de freelance no cuentan, porque la visa parte de que no va a trabajar.

Los consulados publican cifras en dólares, pero el expediente se lee en euros.  Si el dólar baja entre el día en que imprime la carta del banco y el día en que alguien la lee, un expediente preparado justo al mínimo en dólares puede quedarse corto.  Yo preparo cada expediente con al menos un 15 % por encima del mínimo.  Algunos consulados, como el de Houston, miran además los ingresos después de impuestos.  La guía de medios económicos repasa los papeles que lo demuestran.

Los documentos

Esta es la lista habitual del titular.  Algunos documentos solo se piden en ciertos casos.

  • Pasaporte con al menos un año de validez y dos páginas en blanco.  Si caduca en los próximos dos años, renuévelo primero, porque todos los demás papeles llevan su número
  • El formulario de visado nacional y el formulario EX-01, firmados, y una foto de tamaño pasaporte
  • Prueba de que vive en la zona de su consulado: su licencia de conducir con la dirección actual, o una factura o contrato de alquiler reciente
  • Certificado de antecedentes penales del FBI con apostilla federal, si vivió en EE. UU. en los últimos cinco años, y el de cualquier otro país en el que haya vivido en ese tiempo
  • Certificado médico según el Reglamento Sanitario Internacional de 2005
  • Seguro médico de una aseguradora autorizada en España, sin copagos ni carencias
  • Carta del banco firmada, por cada cuenta con la que cuente, con el saldo medio de los últimos doce meses y el saldo a 31 de diciembre, más los extractos de los tres últimos meses
  • Las cartas que prueban sus ingresos pasivos: la del Seguro Social, la de su pensión, los extractos de inversiones o el contrato de alquiler
  • Su última declaración federal de impuestos (Form 1040).  Chicago y San Francisco han pedido tres años
  • La declaración jurada de que no va a trabajar y la carta que explica sus planes en España, que redacto yo
  • En Houston, prueba de alojamiento en España con el nombre de cada solicitante.  En los demás consulados ayuda
  • Las traducciones juradas al español de lo que lo necesita

Tres cosas sorprenden a mucha gente.  Los antecedentes penales abarcan cada país en el que vivió los últimos cinco años, no solo EE. UU. El certificado del FBI necesita apostilla federal, y una apostilla del estado no vale para él.  Y la carta del banco, el certificado médico y las cartas de las pensiones necesitan traducción jurada al español, hecha por un traductor inscrito en el registro del Ministerio de Asuntos Exteriores de España.

Cada familiar presenta su propio juego completo: pasaporte, formularios, foto, certificado médico, seguro y tasas.  La pareja necesita además su certificado de antecedentes y el acta de matrimonio apostillada.  Cada hijo necesita su acta de nacimiento apostillada.  Los menores de 18 años no necesitan certificado de antecedentes.

Dónde se solicita

Hay ocho consulados de España en EE. UU., y el suyo depende de dónde vive.  Usted entrega el expediente en persona.  La mayoría de los consulados le envía a un centro de visados BLS que gestiona las citas por ellos.

ConsuladoSi vive enDónde entrega el expediente
BostonMaine, Massachusetts, New Hampshire, Rhode Island, VermontEn persona en Boston
Nueva YorkConnecticut, Delaware, New Jersey, New York, PennsylvaniaEn persona en el centro BLS de Nueva York
Washington D. C.Maryland, North Carolina, Virginia, Washington, D.C., West VirginiaEn persona en el centro BLS de Washington
MiamiFlorida, Georgia, South CarolinaEn persona en el centro BLS de Miami
HoustonAlabama, Arkansas, Louisiana, Mississippi, New Mexico, Oklahoma, Tennessee, TexasEn persona en el centro BLS de Houston
ChicagoIllinois, Indiana, Iowa, Kansas, Kentucky, Michigan, Minnesota, Missouri, Nebraska, North Dakota, Ohio, South Dakota, WisconsinEn persona en el centro BLS de Chicago
Los ÁngelesArizona, California, Colorado, Utah (condados del sur de California)En persona en el centro BLS de Los Ángeles
San FranciscoAlaska, Hawaii, Idaho, Montana, Nevada, Oregon, Washington, Wyoming (norte y centro de California)En persona en el centro BLS de San Francisco

Cada consulado tiene su propia lista, y las listas no coinciden del todo.  Chicago y San Francisco han pedido a jubilados tres años de declaraciones de impuestos.  Houston quiere una prueba de alojamiento que nombre a todos los solicitantes.  Yo preparo el expediente para su consulado, en su orden y con un índice, y repaso la cita con usted antes.  No puedo acudir en su lugar.

El orden de las cosas

Los documentos caducan.  El certificado del FBI, el certificado médico y los papeles del banco tienen que ser recientes el día de la cita, así que el plan se cuenta hacia atrás desde esa fecha.

  1. Cuatro meses antes: reservar la cita.  En primavera y otoño las fechas se acaban pronto.
  2. Unos tres meses antes: pedir el certificado del FBI y su apostilla federal, y los certificados de antecedentes de otros países.
  3. En los dos últimos meses: el certificado médico y la póliza del seguro.
  4. En las últimas semanas: la carta del banco y los últimos extractos, para que reflejen el saldo actual.
  5. La cita: entrega el expediente.  El consulado suele resolver en dos a seis semanas.
  6. Visa concedida: la recoge en el plazo de un mes y entra en España mientras está vigente, normalmente 90 días.
  7. Ya en España: se empadrona en el ayuntamiento y da sus huellas para la tarjeta de residencia (TIE) en el mes siguiente a su llegada.

Después del primer año

El primer permiso dura un año desde su llegada.  La renovación se presenta en España, en la oficina de extranjería de su provincia, en los 60 días anteriores a que caduque.  Dura dos años, y la siguiente otros dos.  Con cinco años de residencia legal puede pedir la residencia de larga duración, y con diez, la nacionalidad.  Si además tiene la nacionalidad de origen de un país iberoamericano, la nacionalidad española puede llegar a los dos años.

Desde el reglamento de 2025, la renovación exige residir de verdad en España más de 183 días en cada año natural.  Los viajes largos a casa cuentan en contra.  También vuelve a acreditar los medios, esta vez para los dos años siguientes:

HogarPara los dos añosAl mes
Usted solo
€57,600
€2,400
Una pareja
€72,000
€3,000
Una pareja y un hijo
€86,400
€3,600
Una pareja y dos hijos
€100,800
€4,200

La oficina tiene tres meses para resolver.  Si no contesta, la renovación se entiende concedida.

Impuestos, en pocas palabras

Vivir en España más de 183 días al año le convierte normalmente en residente fiscal español, con impuestos sobre sus ingresos mundiales.  Como ciudadano estadounidense sigue declarando también en EE. UU. La Ley Beckham, que ayuda a muchos trabajadores a distancia, no se aplica a esta visa.  Yo no doy asesoramiento fiscal.  Si sus ahorros están invertidos o cobra una pensión, hable con un asesor fiscal internacional antes de decidir, no después.

Lo que hago yo, y el honorario

Compruebo sus medios frente al mínimo antes de que gaste nada.  Luego preparo su lista de documentos con una fecha para cada papel, contando hacia atrás desde su cita.  Redacto la declaración de que no va a trabajar, la carta que explica sus planes y los dos formularios de solicitud.  Reviso cada documento antes de que vaya a la traductora, ordeno el expediente como lo pide su consulado y le preparo para la cita.  Tras la aprobación le acompaño con la TIE y presento sus renovaciones aquí, en España.  Todo en español si lo prefiere.

El honorario es de $2,400 cerrado para el titular y $500 por cada familiar.  La mitad al firmar y la otra mitad cuando el expediente esté completo, antes de la cita.  Las tasas del consulado, unos $153 por persona, se pagan en la cita.  Las apostillas, las traducciones juradas y el seguro se pagan a cada proveedor, y le digo lo que cuestan antes de que pida nada.  Una renovación cuesta $900, más $300 por familiar. Precios completos.

Preguntas frecuentes

No.  La visa es para quien no va a trabajar, ni en España ni a distancia para nadie.  Mantener un empleo en EE. UU. con ella pone en riesgo la renovación y su situación fiscal.  Si quiere seguir trabajando, la visa pensada para eso es la de nómada digital.

€28,800 al año para el titular, que es el 400 % del IPREM, y €7,200 al año por cada familiar.  Son €2,400 y €600 al mes, en doce pagos.  Los consulados de EE. UU. publican unos $32,000 y $8,000, pero el expediente se lee en euros, así que conviene ir por encima del mínimo.

Sí. Valen los ahorros disponibles que cubran el año y también los ingresos pasivos, como el Seguro Social, una pensión, dividendos, intereses o alquileres, o una mezcla de ambos.  Un sueldo no cuenta.  El consulado mira una carta del banco con su saldo medio de los últimos doce meses.

En el consulado español que cubre el estado donde vive, en persona y con cita previa.  La mayoría usa un centro de visados BLS. Hay ocho consulados en EE. UU. y cada uno tiene su propia lista de documentos.

Calcule de cuatro a seis meses desde el primer documento hasta tener la visa en el pasaporte.  Tras la cita, los consulados suelen resolver en dos a seis semanas.  La ley les da un mes, y si no contestan se entiende denegada.

Sí. Su pareja y sus hijos solicitan con usted, cada uno con sus formularios, su certificado médico y su seguro.  Cada familiar suma €7,200 al año al dinero que debe acreditar.  Los menores de 18 años no necesitan certificado de antecedentes penales.

En España, en la oficina de extranjería de su provincia, en los 60 días anteriores a que caduque su permiso.  La renovación dura dos años.  Hay que acreditar los medios para los dos años y haber vivido en España más de 183 días en cada año.  Si la oficina no contesta en tres meses, la renovación se entiende concedida.

Vivir en España más de 183 días al año le convierte normalmente en residente fiscal español, con impuestos sobre sus ingresos mundiales, y la Ley Beckham no se aplica a esta visa.  Como ciudadano estadounidense sigue declarando también en EE. UU. Hable con un asesor fiscal internacional antes de decidir.

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La evaluación gratuita dura dos minutos.  Le pregunta dónde vive, de qué vive y quién viene con usted, y le dice dónde está frente al mínimo y qué consulado le corresponde.  Leo cada respuesta y le contesto en un día.

Fuentes: Ley Orgánica 4/2000, art. 31 (BOE) · Reglamento de Extranjería, RD 1155/2024 (BOE) · las páginas de cada consulado.